Una reforma de ley pionera en España amplía la protección contra la violencia machista en Catalunya

2020

Diciembre, 2020.

La reforma de la Ley 5/2008, de 24 de abril, del Derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista, aprobada el 18 de diciembre 2020 por el Parlamento catalán, amplía el reconocimiento de nuevos tipos de violencia machista y los ámbitos donde la misma puede ser ejercida y también incluye en la protección a las mujeres transgénero.

El texto, aprobado por unanimidad de los grupos parlamentarios, introduce importantes novedades en el reconocimiento de las formas de violencia machista, y otorga a las mujeres transgénero un reconocimiento expreso en su condición de víctimas.

Reconocimiento de nuevos tipos de violencia machista

La Ley 5/2008 reconocía 5 tipos fundamentales de violencia machista: física, psicológica, sexual y económica, susceptibles de ser ejercidas en 4 ámbitos: de la pareja, ámbito familiar, laboral, y social o comunitario.

Con la reforma operada, se incluye el reconocimiento de la violencia digital, que engloba conductas tales como el control del móvil por parte de la pareja, el acoso con mensajes (por plataformas de mensajería como whatsapp o redes sociales), la difusión de imágenes para vejar a la mujer, y cualquier acto de machismo y misoginia que se cometan online.

Recogiendo una demanda reiterada desde diversos agentes sociales, se reconoce también como violencia machista la ejercida a través de los hijos o familiares, para dañar indirectamente a la mujer, en lo que se conoce como victimización secundaria o violencia vicaria, y de segundo orden, en la que se incluyen los actos de coacción o represalias dirigidos a terceras personas y a profesionales que dan apoyo a las víctimas.

Se reconoce también como violencia machista la violencia obstétrica y la vulneración de los derechos reproductivos. Esta violencia, reconocida por la OMS y expresamente considerada delito en algunos países (Argentina y Venezuela), se caracteriza por la apropiación del cuerpo y del proceso reproductivo de la mujer por parte de los prestadores de servicios de salud, y se manifiesta en el trato jerárquico y deshumanizado, en el abuso de la medicalización y patologización de los procesos naturales del cuerpo femenino.

La reforma legislativa amplía la consideración de la violencia económica, que ya venía reconocida en la anterior regulación, a la que añade el impago reiterado e injustificado de las pensiones de alimentos.

En esta nueva regulación, no solo se revisan los diferentes tipos de violencia machista, sino que se amplían también los ámbitos donde estas pueden ser ejercidas, incluyéndose por primera vez expresamente el ámbito institucional, comprendiendo acciones y omisiones de las autoridades o el personal de cualquier organismo público, que retarde, obstaculice o impida el acceso al ejercicio de los derechos de las mujeres. En la misma línea, el texto integra también la violencia en los ámbitos educativo y en la política o espacios de poder.

Reconocimiento de la mujer transgénero como víctima

Hasta el momento, desde el año 2009 han sido 12 las comunidades autónomas que han aprobado leyes LGTBIQ+, recogiendo casi todas ellas el principio de autodeterminación de género, pero el reconocimiento a esta identidad no ha ido acompañado del necesario desarrollo de la legislación sectorial en lo que a violencia machista se refiere.

La ley catalana recoge por primera vez que “las mujeres transgénero que no tienen la mención de sexo registrada como mujer en la documentación oficial, se equiparan, a los efectos de esta Ley, a las demás mujeres que han sufrido violencia machista en la medida en que se las reconoce como a mujeres”.

Así, se equipara a este colectivo en su condición de víctima, atendiendo específicamente a la realidad de la persona que únicamente deberá identificarse como mujer, eliminando la necesidad del trámite previo de registro de género, y se incluirán expresamente en las categorías genéricas de mujeres, niñas y adolescentes.

Desde CoPPA, entidad que trabaja para conseguir mayor protección para las víctimas de violencia machista, aplaudimos el avance que suponen las nuevas previsiones aprobadas, tanto en la especificación de las modalidades de violencia, como en la ampliación del reconocimiento de los ámbitos donde esta se produce, y la inclusión de las mujeres transgénero en el ámbito de protección.

Desde nuestro colectivo seguiremos trabajando para ampliar el reconocimiento a las diferentes modalidades de violencias, a la vez que continuaremos con nuestro trabajo de seguimiento y desarrollo de propuestas para la implementación de estos avances en el resto de territorios.

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