Ecuador: El nuevo código penal tipifica la violencia contra la mujer

2013

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El nuevo Código Orgánico Integral Penal definió delitos y penas relacionadas con la violencia contra las mujeres.
El femicidio fue tipificado y tiene una pena privativa de la libertad  de entre 22 y 26 años.
A pesar de esto, colectivos de mujeres protestan porque no se tomó  en cuenta la violencia patrimonial.
Los autores de la muerte de la joven Karina del Pozo fueron sentenciados a 25 años de reclusión por asesinato. Con el nuevo Código Integral Penal ellos habrían sido acusados de femicidio es decir: dar muerte a una mujer por el hecho de serlo o por su condición de género.
Sin embargo, tendrían una sanción parecida a la actual, de 22 a 26 años de reclusión. Esto de todas formas, para Ximena Ponce, asambleísta de PAIS es un avance.
Aunque reconocen la importancia de que se haya tipificado el femicidio, los colectivos de mujeres no están satisfechos.
A la negativa de la Asamblea para despenalizar el aborto en casos de violación, le suman el que se haya dejado fuera la violencia patrimonial contra las mujeres, es decir cuando alguien impide disponer a una persona de su dinero, documentos personales, bienes, objetos entre otros.
Ponce reconoce que se incluyó en el código la violencia física, psicológica y sexual pero que la patrimonial es un tema pendiente.
Pero en los temas de violencia contra la mujer y la familia el nuevo código incluye también una contravención  que implica que la persona que causare (a una mujer o miembro de su familia)    "...lesiones o incapacidad que no pase de tres días, será sancionada con pena privativa de libertad de siete a treinta días".
El modo de aplicación de estas nuevas normas se conocería cuando sea aprobado por completo el código. El libro pendiente y las derogatorias serían tratados por el pleno de la Asamblea la próxima semana.

Fuente: http://www.ecuavisa.com/articulo/noticias/actualidad/43425-nuevo-codigo-penal-tipifica-violencia-contra-mujer

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