La abogada y miembro de CoPPA María Gonzalez Lacabex escribe un artículo para el blog de Derecho Animal del Consejo General de la Abogacía Española acerca de la propuesta de CoPPA relativa a la privación del derecho a la tenencia y porte de armas a condenados por maltrato animal.
Esta propusta, que fue incorporada durante la tramitación de la reforma del Código Penal, no terminó aprobándose en los términos sugeridos por CoPPA pese a las advertencias que expertos y entidades trasladaron a los ministerios y grupos parlamentarios españoles.
Lacabex argumenta que el carácter violento de los delitos contra los animales debería suponer la pena de privación del derecho a la tenencia y porte de armas, independientemente del modo mediante el cual el acto de maltrato animal haya sido llevado a cabo.
Y es que como desde CoPPA hace tiempo que advertimos, y en palabras de Lacabex, 'numerosos estudios e investigaciones constatan que los actos de maltrato animal pueden coexistir y/o estar relacionados con otras violencias; que pueden revelar una destacada peligrosidad de quien los comete; y que pueden ser utilizados como herramientas para agredir o controlar a víctimas humanas.'