
La Coordinadora de Profesionales por la Prevención de Abusos (CoPPA) presentó en julio de 2026 ante el Ministerio de Juventud e Infancia de España sus observaciones al Anteproyecto de Ley Orgánica por el que se modifica la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de Protección Integral a la Infancia y la Adolescencia frente a la Violencia (LOPIVI), con el objetivo de adecuar el marco jurídico actual para reforzar las garantías de protección integral de niños, niñas y adolescentes (en adelante, NNA).
Además de las modificaciones planteadas al propio texto de la LOPIVI, CoPPA ha propuesto al Ministerio que a través de esta reforma se revisen también otras normas, con el fin de corregir actuales situaciones de desprotección de las personas menores de edad y garantizar su amparo efectivo. Así, sus propuestas se extienden al Código Civil, Código Penal, Ley Orgánica de Protección Jurídica del Menor, Ley de Enjuiciamiento Criminal, Ley Orgánica de Protección de la Seguridad Ciudadana, Estatuto de los Trabajadores, Ley General de Comunicación Audiovisual y normativa reguladora de espectáculos taurinos.
"La protección de NNA, de sus derechos e intereses, por encima de cualesquiera otros, es un principio básico que debe regir toda la legislación española y su aplicación práctica por parte de los poderes y las administraciones públicas". Bajo esta premisa, el interés superior del menor es el eje central de las aportaciones de CoPPA, entidad integrada por profesionales y expertos en psicología, psiquiatría, sociología, criminología, pedagogía y derechos humanos, cuya labor se centra en la defensa de grupos en situación de violencia o vulnerabilidad, con especial énfasis en la protección de la infancia y la adolescencia.
Subsanar la actual desprotección de menores víctimas de violencia instrumentalizada
Con el propósito de infligir al NNA sufrimiento emocional, infundir miedo, manipular su conducta, coaccionarlo, someterlo o garantizar su silencio, numerosos agresores se valen de agresiones o amenazas dirigidas contra personas o animales con los que el NNA mantiene un fuerte vínculo afectivo o una relación de dependencia, como medio para controlar y agredir emocionalmente al propio menor.
Como destaca CoPPA, la evidencia científica, junto a la experiencia práctica de profesionales y defensores de la infancia, constata que la victimización de menores mediante esta forma de violencia constituye un fenómeno frecuente, especialmente entre quienes se encuentran en situación de vulnerabilidad o inmersos en contextos de violencia familiar. Se trata de una expresión especialmente grave de violencia interpersonal, con importantes repercusiones negativas para los NNA expuestos.
"Esta violencia, que se ejerce contra NNA mediante el maltrato, la amenaza o la puesta en peligro de las personas o animales con los que mantienen un vínculo afectivo, tiene un impacto que puede ser devastador y generar consecuencias negativas a lo largo de sus vidas", subraya. Por ello, CoPPA considera imprescindible corregir la actual ausencia de un marco normativo que prevenga, sancione y dé una respuesta integral a esta violencia instrumentalizada: "Esta laguna legal deja al menor indefenso frente a agresiones reiteradas y favorece su revictimización, ante la falta de una respuesta institucional y del reconocimiento del daño sufrido, por lo que debe ser necesariamente subsanada".
Proteger a la infancia de su exposición a actividades y espectáculos violentos
La propuesta de CoPPA aborda asimismo la desprotección de NNA frente a su exposición —en calidad de testigos o participantes— a prácticas y actividades violentas que, aun estando reguladas o normalizadas, suponen un importante riesgo para su bienestar emocional, psicológico o físico.
Exponer a NNA a violencia explícita u organizada contra animales, especialmente cuando ésta se presenta como actividad de ocio o cuando concurren referentes adultos que manifiestan aprobación de la violencia presenciada, puede generar un fuerte impacto emocional, con consecuencias como depresión y síntomas traumáticos, así como mermar su rendimiento escolar y aumentar el riesgo de aparición de conductas problemáticas.
Detección precoz, formación e intervención especializada
CoPPA subraya que una de las principales claves de esta reforma debe ser incorporar a la Ley "una mirada integral a la violencia de la que pueden ser víctimas o a la que pueden estar expuestos NNA, que no pase por alto las diversas -y en ocasiones normalizadas- formas en que ésta se manifiesta y que, precisamente por ello, resultan especialmente peligrosas y dañinas". Para ello, propone reforzar la formación de profesionales de los ámbitos educativo, sanitario, social, policial y judicial, con el fin de mejorar la prevención y la detección precoz de las distintas manifestaciones de violencia que afectan a la infancia y la adolescencia, así como promover un abordaje especializado de sus consecuencias.
CoPPA destaca la importancia de que dichos profesionales conozcan los riesgos y los posibles efectos nocivos asociados a la exposición de NNA y a distintas manifestaciones de violencia, incluida la ejercida contra los animales, tal como ha observado también el Comité de los Derechos del Niño a diversos países, entre ellos España. La evidencia científica indica que presenciar escenas de violencia puede producir un fuerte impacto emocional, y que la exposición durante la infancia o la adolescencia se asocia a un mayor riesgo de problemas psicológicos y de adaptación. Entre ellos, se identifican síntomas de depresión y trauma psicológico, dificultades emocionales, cognitivas, conductuales y sociales, así como una mayor normalización de la violencia y menores niveles de empatía.
Principales aportaciones a la reforma
Violencia instrumentalizada. CoPPA propone reconocer expresamente la condición de víctimas a los menores de edad cuando el agresor ejerce violencia sobre animales con los que exista convivencia o vínculo afectivo, o amenace al menor con matar o herir a los animales de familia, por constituir estas conductas delitos contra las personas menores de edad, en línea con anteriores propuestas formuladas por la entidad en esta materia.
Violencia sexual. Propone ampliar la definición de violencia sexual para incluir la exposición de NNA, en calidad de testigos, a actos sexuales realizados entre terceras personas o valiéndose de animales, así como los supuestos en los que se obliga a menores a participar en estas conductas. Asimismo, CoPPA propone que el Código Penal tipifique expresamente los ataques sexuales cometidos contra NNA mediante la utilización de animales.
Ampliación del delito de amenazas. Ante la actual situación de desprotección de los NNAs frente a amenazas que se sirven del vínculo afectivo con animales para intimidar, hacer sufrir, someter o controlar a víctimas humanas, y en línea con las aportaciones formuladas por CoPPA en anteriores procesos legislativos, la entidad propone revisar el Código Penal mediante una ampliación del delito de amenazas. En concreto, plantea que las amenazas de herir, dañar o matar a animales constituyan una modalidad de este tipo delictivo, estableciendo además como circunstancia agravante cuando se dirijan contra menores.
Ampliación de medidas cautelares. Con el fin de garantizar una protección efectiva, evitar agresiones reiteradas y prevenir la revictimización, las propuestas de CoPPA incluyen que las órdenes de alejamiento y demás medidas cautelares aplicables puedan extenderse a los animales con los que las víctimas mantienen un vínculo afectivo.
Consideración del vínculo afectivo con los animales. En los procedimientos de familia y en las medidas de protección frente a situaciones de violencia, CoPPA propone que se tenga en cuenta el vínculo afectivo existente entre los menores y los animales de la familia siempre que resulte relevante para su seguridad; especialmente cuando estos sean utilizados para intimidar, silenciar o controlar a los NNAs.
Maltrato animal y valoración de idoneidad. La entidad propone incorporar las condenas por delitos contra los animales como criterio de valoración en los antecedentes exigidos para el ejercicio de profesiones o actividades con contacto habitual con menores, así como en la declaración de idoneidad para la adopción.
Prohibición de menores en actividades cinegéticas con armas de fuego. CoPPA propone eliminar la excepción legal que permite a menores portar armas de fuego para actividades cinegéticas, así como prohibir su participación y asistencia, en calidad de espectadores o acompañantes, a las actividades de caza con armas de fuego. Tal como ha venido alertando la entidad, la caza con armas expone a NNA tanto a la violencia inherente a dicha actividad como al riesgo de sufrir o presenciar accidentes graves, cuyas consecuencias pueden resultar devastadoras o mortales. Incluso se han documentado graves accidentes, algunos mortales, provocados por el propio menor. La evidencia científica asocia la exposición a la violencia durante la infancia y la adolescencia a un mayor riesgo de manifestar síntomas de trauma psicológico y otros efectos nocivos sobre el bienestar emocional. Esta postura coincide con la inquietud manifestada por el Comité de los Derechos del Niño de la ONU en la revisión de España en 2026. Dicho órgano, en su examen periódico a Sudáfrica en 2023, ya instaba expresamente a proteger a la infancia de los efectos nocivos y del impacto moral y psicológico de participar o presenciar la caza de trofeos. Asimismo, numerosos estudios constatan que el acceso a armas de fuego incrementa significativamente el riesgo de lesiones por arma de fuego y de suicidio durante la infancia y adolescencia.
Protección frente a espectáculos organizados de violencia contra animales. En cumplimiento de las observaciones formuladas a España por el Comité de Derechos del Niño, CoPPA considera ineludible que esta ley incorpore la prohibición de acceso de las personas menores de dieciocho años a plazas de toros, espectáculos y festejos taurinos, así como a escuelas taurinas que utilicen animales en sus prácticas, cuyo alumnado deberá ser exclusivamente mayor de edad. Asimismo, propone que las retransmisiones, anuncios y promociones de espectáculos en los que se maltrate o dé muerte a animales sean considerados legalmente como contenidos perjudiciales para los menores de edad.
Ampliación del concepto de entorno seguro. CoPPA propone ampliar expresamente el concepto de entorno seguro en la LOPIVI para incluir aquellos espacios libres de manifestaciones de violencia contra personas o animales y, en consecuencia, el deber de administraciones públicas de: prevenir la exposición de NNAs a actividades, espectáculos o contenidos que normalicen, promuevan o presenten como aceptables actos de violencia contra personas o animales; establecer restricciones de acceso cuando resulte necesario para garantizar su protección; promover campañas de sensibilización sobre los riesgos de dicha exposición; y velar para que las actividades deportivas, culturales, recreativas y de ocio dirigidas a menores se desarrollen en entornos seguros y libres de violencia.
Refuerzo del derecho a la información. CoPPA considera necesario reforzar el derecho de NNA a recibir, de forma accesible y adaptada a su edad, información sobre los recursos especializados disponibles, las medidas de protección, los apoyos psicológicos y de recuperación, así como sobre los derechos que les reconoce la Ley. Esta medida contribuye a fortalecer su participación efectiva en las decisiones que les afectan, de conformidad con el principio de autonomía progresiva y con la Convención sobre los Derechos del Niño.
Incorporación del conocimiento científico. Entre otras propuestas, CoPPA plantea que las administraciones públicas colaboren de forma estable con universidades, entidades científicas, colegios profesionales y organizaciones especializadas, con el fin de incorporar la evidencia científica al diseño, la aplicación y la evaluación de las políticas públicas de protección de la infancia y la adolescencia.