En sus aportaciones al trámite de consulta pública sobre el Real Decreto que regulará el Registro Central de Información sobre la Violencia contra la Infancia y la Adolescencia, CoPPA insta al Ministerio de Juventud a elaborar este Registro desde una mirada integral y a ampliar las fuentes de información e indicadores previstos para el mismo.
La Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia (LOPIVI) prevé en su artículo 56 la creación de un nuevo registro, gestionado por el Gobierno de España, cuyo objetivo es centralizar la información de la que disponen las diversas administraciones e instancias implicadas en la protección de Niñas, Niños y Adolescentes (NNA) y “que permita el conocimiento uniforme de la situación de la violencia contra la infancia y la adolescencia”. La LOPIVI establece también que con los datos obtenidos de este registro se publicará anualmente un informe, “al que se dará la mayor publicidad posible”.
A tal fin, en noviembre de 2024 el Ministerio de Juventud e Infancia abrió el trámite de consulta pública previa sobre el Real Decreto que regulará el Registro Central de Información sobre la Violencia contra la Infancia y la Adolescencia.
En sus aportaciones a este trámite, CoPPA ha señalado que es muy necesario que los poderes públicos dispongan de información y datos que permitan visionar y dimensionar la problemática de la violencia contra la infancia en todas sus múltiples manifestaciones. Y que, en ese sentido, efectivamente, es preciso coordinar toda la información de la que disponen los diversos estamentos que trabajan en áreas relacionadas con la protección de la infancia.
CoPPA insta a ampliar fuentes de información e indicadores, desde una mirada integral
De cara a configurar el nuevo Registro y abordar este ejercicio coordinación, de sistematización y de tratamiento unificado de los datos que permitan adoptar medidas eficaces, CoPPA ha instado al Ministerio a no limitarse a reunir y uniformizar la información ya existente o disponible, sino aprovechar la oportunidad para:
- Identificar nuevas fuentes de información que enriquezcan y completen el contenido del registro. Así, por ejemplo, datos procedentes de organizaciones del Tercer Sector y otras entidades privadas que desarrollen intervenciones en el ámbito del nuevo Registro y que actualmente no se estén teniendo en cuenta. O de universidades u organismos con funciones de observatorio, investigación y/o seguimiento de programas en materia de protección de infancia y la adolescencia.
- Incorporar información relativa a medidas adoptadas en términos de prevención o protección general. Además de información relativa a las medidas -judiciales y extrajudiciales- adoptadas para la protección de NNA frente a la violencia, es importante que el nuevo Registro disponga de información coordinada sobre otro tipo de medidas existentes, cuya finalidad sea prevenir y/o proteger, en general, a la infancia y la adolescencia frente a diversos tipos de violencia. Puede tratarse, por ejemplo, de datos relativos a programas específicos de prevención (como para la concienciación sobre la violencia de género, o el bullying), o también de datos sobre medidas legislativas aprobadas para evitar la exposición de NNA a determinados tipos de violencia (en contextos como las redes sociales o la inteligencia artificial, o en relación con la violencia en eventos y espectáculos).
- Incluir indicadores específicos relativos a la Convención sobre los Derechos del Niño y a las Observaciones del Comité de los Derechos del Niño. CoPPA ha señalado que el nuevo Registro debería constituir una herramienta de referencia para la elaboración por parte de España de sus Informes sobre el grado de cumplimiento de la Convención en este país, ante el Comité de los Derechos del Niño. Por ello, ha propuesto que el Registro incluya indicadores concretos sobre los contenidos de cada una de las Observaciones Generales formuladas a España por el Comité, de manera que se facilite el seguimiento, evaluación y reporte sobre el cumplimiento ante dicho organismo internacional.