El proyecto de reforma del Código Penal en materia de maltrato animal, que actualmente tramita el Senado, suprime la explotación sexual de animales como delito y establece que los actos sexuales con animales solo serán punibles si puede probarse que han causado lesiones que requieran tratamiento veterinario.
La comisión del Senado celebrada el 2 de marzo no ha hecho ninguna corrección sobre este punto, a pesar de las enmiendas presentadas para ello por varios grupos parlamentarios a propuesta de la Coordinadora de Profesionales por la Prevención de Abusos (CoPPA), que explica los alarmantes vínculos existentes entre el abuso sexual de animales y conductas violentas contra humanos.
Una amplia literatura científica indica que el abuso sexual de animales se encuentra con mayor frecuencia entre los delincuentes violentos y sexuales. Un estudio realizado con presidiarios, por ejemplo, reveló que el 30% de los violadores, el 59% de quienes abusaron sexualmente de menores y el 81% de los delincuentes sexuales no selectivos había incurrido en actos sexuales con animales. Otro estudio halló que cerca del 32% de los abusadores sexuales con animales habían incurrido también en delitos sexuales contra menores y adultos, y que casi el 53% de dichos agresores previamente ya tenían antecedentes, o los tuvieron posteriormente, de otros tipos de delitos, a menudo delitos de violencia y/o abuso sexual contra personas. Y en otro se halló que la comisión de actos sexuales con animales es un predictor de repetidos actos de violencia contra seres humanos.
Estos ejemplos de estudios (que CoPPA ya presentó en un amplio dossier en 2015 con motivo de la anterior reforma del Código Penal y cuyos resultados ha vuelto a trasladar a los grupos parlamentarios en la actual tramitación), demuestran niveles muy altos de actos de zoofilia en los individuos que cometen crímenes sexuales contra humanos.
Además, según los datos, los delincuentes sexuales que incurren en abuso sexual de animales son más proclives que otros delincuentes sexuales a presentar: mayor violencia en sus agresiones y delitos sexuales; más modelos de agresión y un abanico más amplio de tipos de víctimas; mayor número de víctimas; y mayor riesgo de reincidencia. Es decir, se trata de delincuentes especialmente peligrosos.
Según estos expertos, el individuo que incurre en actos sexuales con animales se mueve de un tipo de abuso sexual a otro, pudiendo ser equiparable el riesgo de que agreda sexualmente a un animal o a un humano, incluido un niño o niña. Por ello, la investigación apunta a que la comisión de un acto de zoofilia podría ser un indicador conductual que alerte sobre delitos de violencia y delitos sexuales contra humanos.
Como expone CoPPA, diversos informes documentan también casos donde los actos sexuales con animales se combinan con agresiones contra humanos y son utilizados para victimizar a mujeres o menores, especialmente en contextos de violencia en el hogar. Estamos, por ejemplo, ante casos en los que mujeres y menores son obligadas a participar en actos sexuales con animales, en ocasiones también realizados por el agresor con el fin de humillar y chantajear a sus víctimas humanas.
En este sentido, se ha podido documentar cómo en algunos casos el maltratador se sirve del abuso sexual a un animal de compañía, por ejemplo de un menor o de una mujer, para amenazar, intimidar o silenciar a quienes sienten afecto por ese animal. Igualmente se han documentado casos de violación de mujeres y niños o niñas utilizando para ello a un animal, así como casos de maltratadores que han adiestrado a perros para actos sexuales, combinando estos incidentes con otras agresiones físicas y emocionales a sus víctimas.
A modo de ejemplo, un estudio sobre mujeres maltratadas relata el caso de una mujer que mató a su marido cuando este la amenazó con obligarla nuevamente a sujetar a un cachorro mientras él lo penetraba (lo cual puede producir lesiones mortales en un animal pequeño). Un ejemplo que ilustra la variedad de implicaciones y ramificaciones de la interrelación existente entre los distintos tipos de violencia.
Tal como se ha documentado desde CoPPA, la presencia de la zoofilia en España no es un problema marginal ni menor. Algunas noticias aparecidas en prensa relatan casos de delitos de abuso sexual a menores que incluían actos de zoofilia conjunta, casos donde los agresores utilizaron animales en la violación de niñas y mujeres, y el caso de un hombre que obligó a una mujer a hacerle felaciones a un perro. También se identifican ejemplos que demuestran la existencia de actividades de carácter sexual con animales, perfectamente accesibles en Internet, con anuncios de animales ofrecidos por proxenetas servicios de zoofilia a domicilio, intercambio de animales para actos sexuales o produccion de vídeos de sexo con animales, producción y/o venta de zoopornografia, manuales para adiestrar a perros jóvenes para penetrar a humanos, y otros ejemplos de webs, chats, anuncios para encuentros y la producción de zoopornografía desde España.
CoPPA recuerda que la mayoría de países de la Unión Europea ya ha tipificado penalmente los actos sexuales y explotación sexual con animales, lo que podría agravar la situación de España ante la ausencia de una legislación clara, y advierte que “no actuar ante indicios o informes de abuso sexual de animales puede suponer proteger a un agresor que está agrediendo sexualmente a menores o a personas en situación de vulnerabilidad”.
CoPPA recuerda que, tal como está redactado el texto de la reforma (según el cual para que los actos sexuales con animales sean delito deben haberse podido acreditar lesiones con tratamiento veterinario) multitud de casos quedarán impunes, ya que en muchas ocasiones no se halla a los animales, aunque sí exista evidencia de su abuso por vídeos, testigos… Casos de abuso sexual no penetrativo, o en los que el animal se usa para penetrar a una persona, no podrían ser denunciados. Supuestos que, tal como han aseverado desde el ámbito veterinario, derivan en graves consecuencias psicológicas y conductuales para el animal, pero resultan muy difíciles de acreditar. Shows de zoopornografía o zooprostíbulos podrían ser el marco de estos actos que, según el texto aprobado, no serían delito.
Por todo ello, CoPPA insiste en que estos actos deben ser tipificados en el Código Penal de manera independiente a la causación de lesiones a los animales, con una redacción suficientemente comprensible de las diversas conductas en la que pueden consistir, para evitar reducir los supuestos condenables y dejar impunes conductas igualmente reprochables.
La última enmienda propuesta por CoPPA e INTERcids para ello, a partir del texto de la reforma, y que fue recogida y presentada por varios grupos parlamentarios, consiste en desvincular los actos sexuales con animales de la causación de lesiones y recoger estas conductas en una frase separada: "Con las mismas penas será castigado quien someta a un animal a actos de carácter sexual o a explotación sexual".
Artículo 340 bis 1. (…) el que fuera de las actividades legalmente reguladas y por cualquier medio o procedimiento,
incluyendo los actos de carácter sexual, cause a un animal doméstico, amansado, domesticado o que viva temporal o permanentemente bajo el control humano lesión que requiera tratamiento veterinario para el restablecimiento de su salud. Con las mismas penas será castigado quien someta a un animal a actos de carácter sexual o a explotación sexual.
En la fase final de la tramitación de esta importantísima reforma, CoPPA lamenta que esta cuestión tan trascendente no haya sido aún solventada y urge a que la enmienda propuesta sea aprobada en el Pleno del Senado previsto para la próxima semana. La entidad reitera que lo contrario supondría un inadmisible retroceso en la respuesta que el Código Penal ofrece a estas peligrosas y violentas conductas desde el año 2015, invalidando los objetivos de una reforma cuyo objetivo era precisamente fortalecer dicha respuesta penal.
CoPPA está integrada por expertos en psicología, sociología, criminología y derechos humanos, que consideran imprescindible que los abusos sexuales a animales estén tipificados de forma clara en el Código Penal, tal y como proponen en la enmienda que han presentado. “No hacerlo”, concluye, “sería una negligencia, no sólo en lo referente a la protección de los animales, sino también en la propia protección de la ciudadanía”.
Servimedia: Expertos en violencia interpersonal hacen un llamamiento al Senado para que penalice el abuso sexual a animales.
La Vanguardia: Expertos en violencia interpersonal hacen un llamamiento al Senado para que penalice el abuso sexual a animales.
Animal's Health: Expertos en violencia interpersonal instan al Senado a que penalice todo tipo de abuso sexual a animales.